El Tribunal Supremo da la razón a Julio Alonso: resumen, casos similares y reacciones

El Tribunal Supremo da la razón a Julio Alonso: resumen, casos similares y reacciones
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El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) da la razón al bloguero y co-fundador de Webblogs, S.L. Julio Alonso, por su post de 2004, 'SGAE=Ladrones'. Esta decisión del TSJ se produce 5 años después de que la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) le demandara.

El proceso no ha sido breve ni fácil. El primer juicio se perdió, y tras apelar esta decisión, también volvió a salir victoriosa la SGAE. Pero, finalmente, el TSJ ha otorgado prevalencia a la libertad de expresión sobre el derecho a honor de la SGAE, como hemos comentado hoy por la mañana. Además, el TSJ ha recordado, "el malestar social que ocasiona la actividad desarrollada por la entidad gestora".

No olvidemos que, la anterior estructura de la SGAE está procesada. Para resumir la sentencia, cito al propio Julio Alonso desde su blog:

  1. Comparte con nosotros, y con el Ministerio Fiscal, que en la sentencia de la instancia anterior no se había motivado suficientemente qué expresiones eran ofensivas y hasta qué punto menoscaban el honor de la SGAE, lo cual causa indefensión.

  2. Procede a dictar nueva sentencia, y en ella, estima el recurso al entender que prevalece el derecho de información y la libertad de expresión sobre el derecho al honor de la SGAE, y más visto el caracter público de la sociedad, lo controvertido de sus actuaciones y los procesos judiciales abiertos contra responsables de la SGAE.

Otros casos similares

Con esta decisión el Tribunal Supremo mantiene la línea seguida en sentencias como la que absolvía a los responsables del foro Quejasonline, que había sido demandada por la Mutua Madrileña Automovilista en 2004 por supuestos ataques al honor.

El caso Mindoniense.com también tuvo un final similar. Sin embargo, no siempre el Tribunal Supremo ha sentenciado en pro de la libertad de expresión del demandado, con respecto al honor del demandante. Por ejemplo, el caso de Alasbarricadas y Ramoncín, en el que el primero tuvo que pagar una indemnización de 6.000€.

Este tipo de resoluciones, como la de Ramoncín, llaman aún más la atención cuando es conocido que está relacionado con el proceso que hemos comentado al inicio del párrafo, en el que se imputa a las SGAE.

Todo el proceso

Volviendo al proceso que nos ocupa, cabe recordar que la misión del post publicado por Julio Alonso era la de posición la web de la SGAE en las primeras posiciones, cuando se introdujera la palabra 'ladrones' en el buscador. Esta acción se conoce como Google Bombing, y tuvo éxito, en pocos días la SGAE estaba en las primeras posiciones cuando se introducía 'ladrones' en los buscadores.

Tres años después de esta acción, la SGAE se puso en contacto con Julio Alonso para que éste retirase el post. Él se negó y la SGAE procedió a demandarle.

Cómo hemos comentado en el primer párrafo, perdió dos juicios antes de haber sido declarado no culpable en esta última ocasión. En el primer juicio, no se condenaba el post, sino los comentarios del mismo. Se responsabilizaba a Julio Alonso de las opiniones vertidas por comentaristas en dicho post. Esto sucedió en 2008.

Tres años después, en 2011,la Audiencia Provincial de Madrid mantenía la tesis de que los comentarios del post escrito por Julio Alonso eran responsabilidad de él y confirmaba la multa de 9.000€ establecida en el anterior juicio.

Finalmente, el desenlace ha sido de 'victoria', tras un largo recorrido. Demasiado quizás, simplemente era la opinión de una persona, además de otras que comentaron en el post.

Nos hacemos eco de lo escrito por Julio Alonso para cerrar su post sobre ésta última resolución del Tribunal Supremo de la siguiente forma:

Los derechos y las libertades no son gratis. Costó mucho conseguirlos y costará también mantenerlos. Hay que ejercitarlos. Hay que defenderlos. Hay que luchar por ellos. Hay que unirse para hacerlo y hay que ayudar a los que lo hacen, aunque a ti en ese momento no te afecte. Y hay que estar dispuesto a perder algo para defenderlos.

Reacciones y opiniones

Enrique Dans ha querido dar su opinión al respecto, al considerarse amigo de Julio Alonso, y lo ha hecho en la siguiente entrada de la rescatamos estos párrafos:

Como amigo de Julio, he tenido la oportunidad de ver cómo ha vivido el caso durante todo el tiempo, y me consta que no ha sido nada fácil. Seguir adelante a pesar de las primeras derrotas fue posible gracias precisamente a que Julio es como es: una persona de principios dispuesta a sacrificarse si de verdad cree que está defendiendo lo correcto. Lo fácil, en esos casos, es plegarse a las exigencias del poderoso, del que tiene a los abogados en nómina, del que tira con pólvora del rey mientras a ti cada factura del abogado o del procurador te recuerda cuánto tienes que trabajar para pagarla. Es también un triunfo para sus abogados, Javier Maestre y Carlos Sánchez Almeida (que son también los míos en la persecución a la que me tiene sometido Promusicae, que gané en primera instancia y que se encuentra ahora en recurso ante la Audiencia Provincial), que han fundamentado el tema de manera solvente, consistente y con la tenacidad necesaria para llegar hasta el Supremo. Pero sobre todo, es un triunfo de todos: Julio no estaba defendiendo únicamente su inocencia, sino derechos de todos como el de poder informar, poder vincular o poder mantener una página.

También se ha sumado a opinar sobre este caso, Manuel M. Almeida:

Mucho ha tenido que luchar y mucho ha tenido que sufrir Julio hasta lograr que la Justicia, finalmente, entendiera que ni él es responsable de los comentarios de terceros en su blog ni llamar ‘ladrones‘ a la SGAE era delito o ilícito civil alguno, al menos en el momento en el que se produjo aquel debate.

Vía | El Mundo En Nación Red | Llamar "ladrones" a la SGAE es libertad de expresión, según el Tribunal Supremo

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